Este año se va a destinar a este fin un total de 668.761euros. Las ayudas, que podrán alcanzar los 2.933 euros, se van a adjudicar mediante concesión directa para garantizar un sistema sencillo y ágil que permita a los inquilinos disponer del dinero en el menor tiempo posible.
En este sentido, la edil responsable del servicio de Vivienda ha insistido en que “nuestra prioridad es proteger a las personas que peor lo están pasando, de forma que puedan contar con unos ingresos mínimos y aliviar los gastos fijos para que puedan hacer frente a otros más necesarios”.
Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo normalizado y deberán ir acompañadas de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos, según los criterios aprobados en la Junta de Gobierno del pasado 29 de mayo, publicados ayer sábado en el BORM, en el enlace https://www.borm.es/#/home/anuncio/06-06-2020/2682.
El servicio de Vivienda, ubicado en la planta baja del edificio de Abenarabi, atenderá a los interesados de forma presencial, siempre que tengan cita previa. Se podrá solicitar en la sección administrativa en el enlace https://murcia.es/web/portal/cita-previa-urbanismo-abenarabi o a través del teléfono 968358600, en las extensiones 57061, 57053 y 57066. El horario de atención con cita previa será de lunes a viernes de 9:00h a 14:00h.
También desde la sección Social del servicio de Vivienda se prestará atención en los teléfonos 608615676 y 663959242 todos los días en horario de 9:00h a 14:00h.
La documentación y modelos normalizados se encuentran disponibles en la web municipal www.murcia.es, aunque también podrán contactar con el servicio de Vivienda, en los teléfonos 608615676 y 663959242, para que se les remita la información y los modelos de solicitud mediante correo electrónico y vía whatsapp.
Los demandantes de la ayuda deberán presentar la documentación requerida solicitando cita previa en los puntos de información y registro (vía web municipal o llamando al 010) o en los registros del Estado y la Comunidad Autónoma o cualquier registro electrónico de una administración pública.
Requisitos
Las subvenciones, que se concederán por un periodo máximo de 12 meses, están destinadas a financiar en parte el pago del alquiler, siempre que los solicitantes cumplan unos requisitos, entre los que destacan los siguientes:
- Estar empadronado en el municipio de Murcia durante un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Las personas víctimas de la violencia de género están exoneradas de este requisito.
- Acreditar unos ingresos anuales ponderados comprendidos entre el 0,5 y 2,5 veces el IPREM referidos a toda la unidad familiar.
- Acreditar que la renta del alquiler en cómputo anual supera el 25% de los ingresos ponderados de la unidad familiar.
- No tener deudas con las administraciones públicas.
- La vivienda debe estar ubicada en el término municipal de Murcia.
- La cuantía máxima del alquiler mensual de la vivienda será igual o inferior a 550 euros.
Estas subvenciones tienen un carácter finalista, aunque se podrán compatibilizar con aquellas ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales y el complemento de alquiler de las pensiones no contributivas, así como a las ayudas otorgadas al amparo del Real Decreto-Ley 11/2020.