Tal y como indica Mario Gómez, «es necesario una mayoría de tres cuartos de los miembros del Consejo, por lo que el acuerdo se ha realizado sin la mayoría estatuaria establecida y no se ajusta a la legalidad»
El portavoz municipal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Murcia, Mario Gómez, ha declarado que la formación naranja ha presentado una demanda en el Juzgado de lo Mercantil contra la empresa municipal de aguas y saneamiento de Murcia, impugnando los acuerdos sociales adoptados en la Junta del Consejo de Administración que se celebró el pasado 11 de marzo.
De esta forma, el edil de Ciudadanos ha manifestado que el artículo 30 de los estatutos de lo Mercantil indica que para el nombramiento de director-gerente del Consejo de Administración de Emuasa, será necesaria, al menos, la mayoría de los 3/4 del número total de miembros, por lo que, si el Consejo de Administración está compuesto por 15 consejeros, se precisa como mínimo el apoyo de 12 de ellos.
«Es evidente y queda muy claro que el total de votos favorables que fue de 11 consejeros, no conforman la mayoría legal estatuaria establecida, por lo que entendemos que el acuerdo alcanzado es impugnable por ser contrario a la ley», apunta Gómez.
Igualmente, Mario Gómez ha recordado que ya pidió la semana pasada al Gobierno municipal que explicara si existía relación contractual del Ayuntamiento con esta persona recientemente nombrada director-gerente, puesto que aún no se había oficializado su nombramiento y no estaba dado de alta, pero sin embargo si se prodigaba en los medios de comunicación efectuando declaraciones como tal, y firmando documentos oficiales de Emuasa-Aguas de Murcia.
Por último, Gómez Figal ha anunciado también que ya el pasado 23 de marzo notificó y requirió a la empresa municipal de aguas y saneamiento de Murcia que rectificara la ilegalidad cometida con el nombramiento del director-gerente, en la reunión del Consejo de Administración celebrada el pasado 31 de marzo, «pero tras hacer caso omiso a nuestra petición, nos hemos sentido en la obligación de presentar esta impugnación en el Juzgado de lo Mercantil, antes del plazo de 30 días que establece la ley».