El importe máximo de las ayudas asciende a un total de 254.000 euros, de los cuales, 200.000 se destinarán a la modalidad de contratación; y 54.000 al autoempleo. Se designará individualmente la cuantía de 2.500 euros a la formalización de nuevos contratos, y 1.500 euros para la nueva inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
El objetivo de esta línea de ayudas, integrada en el marco del “Plan Reinicia” diseñado por la Concejala de Empleo, Promoción Económica y Turismo, no es otro que ayudar al tejido empresarial de Murcia para fomentar el empleo por cuenta ajena de personas desempleadas y de aquellas otras que quieren emprender una actividad por cuenta propia o bien entren a formar parte de empresas de economía social, por un mínimo de seis meses.
Destinatarios
Serán objeto de estas subvenciones, tanto para contratación como para el autoempleo, aquellas personas empadronadas en el municipio de Murcia que hayan perdido su puesto de trabajo tras el decreto de alarma del pasado 14 de marzo, siendo estos nuevos contratos o altas realizados con posterioridad a la fecha de extinción del contrato.
Contratación por cuenta ajena
Para la modalidad de contratación por cuenta ajena serán beneficiarias de esta línea de ayudas las pymes y micropymes que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia.
Tipos de contrato y duración
Las subvenciones en la modalidad de contratación se abonarán en el caso de contratos temporales o de duración determinada, con una duración mínima de 6 meses, no estando incluidos los de formación y aprendizaje. Los contratos podrán realizarse a jornada completa o parcial, siempre que ésta no sea inferior al 50% de la jornada laboral a tiempo completo.
También serán objeto de esta subvención los contratos indefinidos que no pertenezcan a la modalidad de fijos discontinuos que se mantengan como mínimo durante 6 meses. Podrán también realizarse a jornada completa o parcial, siempre que ésta no sea inferior al cincuenta por ciento (50 %) de la jornada laboral a tiempo completo.
Autoempleo
Para la modalidad de autoempleo, serán beneficiarios de esta ayuda las personas físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentren en el municipio de Murcia.
Requisitos
En este caso, recibirán la subvención aquellas personas que ejerzan una actividad económica o profesional por cuenta propia a jornada completa, que requiera el alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y un mínimo de 6 meses, además de los socios de empresas de economía social desempleados, cuyo puesto de trabajo deberá mantenerse también por un periodo de 6 meses como mínimo.
Información y formularios
La información sobre estas ayudas se publicará en la web, tanto del servicio de Empleo ( www.murciaemplea.es) como del Ayuntamiento de Murcia (www.murcia.es). Los formularios para su tramitación estarán disponibles en la sede electrónica https://sede.murcia.es.